Juventudes Polisarias
"una mala paz es todavía peor que la guerra." TÁCITO (h. 54-57-h. 125)historiador y orador latino
jueves, 12 de marzo de 2009
lunes, 4 de junio de 2007
España, que te ha hecho el pueblo saharaui para que le sigas causando estas heridas?
legalmente casi todos los saharauis tenemos derecho a la nacionalidad española por origen español, sin embargo, desde el poder legislativo que en teoria es independiente del ejecutivo, pero solo en teoria; se empeñan en no reconocernos como descendientes de españoles, asi la ley que desarroya el articulo de la constitucion referido a la nacionalidad por ascendencia española, hace mencion a colonias que se independizaron hace más de un siglo y sin embargo, se olvida de la no tan antigua provincia del sahara español, actual Sahara Occidental ocupado por marruecos. Por qué? tal vez por evitar un enfrentamiento directo con Marruecos, o a lo mejor es por seguir manteniendo su flota pesquera en aguas marroquies... no lo se, pero desde aqui la opinion de este servidor es que, España, ya no está en los setentas, ahora es la octava o novena potencia mundial y tiene poder de decision en este planeta de titanes y sin embargo sigue con el rabo entre las piernas e ignorando su obligación en el proceso descolonizador del Sahara.
Personalmente creo que a España le beneficiaria más tener relaciones comenrciales con una RASD independiente que con el reino marroquí, los saharauis amamos a nuestra metrópolis a pesar de las heridas que nos causó, de hecho el español es nuestro segundo idioma,¿ y con quien mantendriamos relaciones comerciales aparte de con Argelia y Mauritania? pues evidentemente con España,¿con quien sino.?
jueves, 24 de mayo de 2007
Objetivos futuros
- Impartir un cursillo de hassania, que tendrá inicio en el mes de Septiembre y segun la acogida que éste tenga, en la asamblea General de JPS del mes de enero de 2008 se decidirá su continunación o no.
- Organizar una sentada en la puerta del ayuntamiento, al menos una vez por semana, para crear un foco de atención mediatica al conflicto; por lo tanto cualquier instrumento musical (guitarra,tambor,panderetas...) será bienvenido,por lo menos que sea ameno el rato que estemos sentados en la puerta de dicho edificio. También se admiten pancartas...
- Hacer un llamamiento a todos los saharauis residentes en Sevilla para que nos acompañen a la concentración anual en la capital española.
JPS
Nota de aclaracion para todos los lectores de este Blog
Nuestro objetivo es ante todo, la defensa del derecho de autodeterminacion de nuestro pueblo.
No obstante y en lo referido al artículo de prensa sobre el movimiento social republicano, lo hemos colgado porque nos dirigimos a todas las ideologias presentes en nuestro país, pues como demócratas que somos tenemos la obligación de respetar todas las ideologias aunque no estemos deacuerdo con ellas.
sin mas agradecemos los correos electrónicos y comentarios que nos facilitais para dar un mejor servicio.
JPS
viernes, 13 de abril de 2007
brigada sahara
viernes, 30 de marzo de 2007
UN SUEÑO SE HACE REALIDAD
Se publicará en el tablón de anuncios de la asociación de amistad con el pueblo saharaui de sevilla, no obstante intentaremos contactar con el resto de asociaciones saharuis para comunicar nuestra existencia y nuestro deseo de colabarar en cualquier evento (manifestaciones, charlas, cursos de hasania,etc) en la medida que nos sea posible.
Para cualquier duda, este blog ofrece la posiblidad de escribir comentarios, que serán revisados ya se por mi, Mohamed Taleb, bien por Ali o por Nayem y en su efecto contestados resolviendo cualquier duda.
jueves, 14 de diciembre de 2006
¿qué es (JPS)?
Pretendemos formar una asociación integrada por aquellos niños saharauis de vacaciones en paz que ahora residen en España.
El objetivo:
principalmente,nuestro objetivo es organizar a estos jóvenes del Polisario,devolverles su espíritu luchador,recordarles quienes son realmente,para finalmente constituir el tercer Frente Polisario,
"el 1º está en los campamentos y el 2º en el territorio ocupado".
La violencia nunca será nuestra forma de lucha,ante todo queremos recordar que somos un grupo pacífico.
Modo de lucha?
Nuestra forma de lucha seguirá el modelo que llevó Mahatma Ghandi para la independencia de la India,que en nuestra opinión es el modo que más se aproxima a la forma de ser innata del pueblo saharaui,no somos un pueblo adorador de la guerra,somos pacíficos y cordiales con nuestros vecinos,la hospitalidad es una tradición muy arraigada en el pueblo saharaui,con lo que ni el terrorismo ni la yihad ni la extorsión serán nuestra forma de lucha.
Solo llevaremos a cabo manifestaciones pacíficas,pero haciendo mucho ruido para que todo el mundo sepa de nuestra causa.
Otro de nuestros objetivos será la colabración incondicional con las diferentes asociaciones españolas de amistad con el pueblo saharaui,sobre todo en las campañas de caravana en paz y vacaciones en paz;en esta última creemos que podemos colaborar como traductores de los niños que vienen,aunque esta práctica ya se realiza en distintas asociaciones,nosotros queremos llevarla a cabo a nivel nacional y de una forma más organizada.
miércoles, 13 de diciembre de 2006
Los orígenes de la población saharaui
Hace unos 3.000 años los sanhaja, pueblo antecesor de los diferentes grupos bereberes iniciaron una migración desde el norte hacia el noroeste de África. En su avance, fueron expulsando hacia el sur a la población de piel negra que vivía en el Sáhara, hasta que llegaron a ocupar todo el territorio.
Sin embargo, el control de los sanhaja sobre el desierto no fué completo hasta que empezaron a utilizar el camello, hace aproximadamente 2.000 mil años.
Durante muchos siglos los sanhaja que habitaban la zona del Sáhara occidental se enfrentaron a otros pueblos con el objetivo de mantener el control de las rutas que atravesaban el desierto de norte a sur. Así, en el siglo IX tomaron el control de Aoudaghost que era un centro de la ruta transahariana, hasta que lo perdieron a finales del mismo siglo a manos de los soninké, grupo procedente de la actual Ghana.
MAPA:
fuente: Biblioteca UdG: Portada Bústia suggeriments
martes, 12 de diciembre de 2006
CONSTITUCIÓN DE LA RASD
Constitución* de la República Árabe Saharaui Democrática, aprobada por el VII Congreso del Frente Polisario el 19 de junio de 1991. Sin lugar a dudas, se trata de una de las constituciones más liberales y progresistas del mundo árabe. Su texto asume la doctrina de Naciones Unidas y la de los tratados internacionales de derechos humanos.
Introducción.
- La República Árabe Saharaui Democrática es el fruto histórico de la lucha del Pueblo saharaui por la restauración de la independencia nacional y la salvaguarda de la unidad territorial. Es la concreción de su voluntad de vivir como pueblo libre en conformidad con su derecho inalienable a la autodeterminación.
El Pueblo Saharaui, consciente de la necesidad imperiosa de lograr progresivamente el desarrollo económico y social, así como el fortalecimiento del estado de Derecho, ha decidido adoptar la siguiente constitución: - Capítulo Preliminar
ARTÍCULO 1º: - La República Árabe Saharaui Democrática - Saguia el Hamra y Río de Oro - en sus fronteras reconocidas internacionalmente, es una República Democrática y Social. Es una e indivisible. Ninguna porción de su territorio puede ser cedida.
- El emblema de la República y el himno nacional son determinados por ley.
- La capital de la República es AAIUN.
ARTÍCULO 2º. - El territorio nacional se divide geográficamente y administrativamente en Wilayas y Dairas.
- Las competencias políticas y administrativas de la Wilaya y la Daira se definen por ley.
ARTÍCULO 3º. - La soberanía pertenece al pueblo y se ejerce en conformidad con la Constitución.
ARTÍCULO 4º. - El islam es la religión del Estado.
ARTÍCULO 5º.- El árabe es el idioma oficial de la república.
ARTÍCULO 6º. - La familia es la base esencial de la sociedad. Sus valores son la religión y la moral.
ARTÍCULO 7º.- Todos los ciudadanos son iguales ante la ley.
ARTÍCULO 8º.- Las Fuerzas Armadas saharauis garantizan la soberanía, la independencia nacional y la integridad territorial de la República. Son garantes de la Constitución.
ARTÍCULO 9º.- Se reconoce el derecho a la creación de asociaciones políticas en el marco del respeto a la Constitución y las Leyes, una vez obtenida la liberación del país y finalizada la etapa histórica.
- Capítulo Primero:
DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS
ARTÍCULO 10º.- La libertad de la persona humana es inviolable. Ningún ciudadano puede ser privado de su libertad sino en conformidad con la ley.
ARTÍCULO 11º.- Todo ciudadano tiene derecho a elegir el lugar de su residencia, así como a circular libremente por el territorio nacional.
ARTÍCULO 12º.- Ningún ciudadano puede permanecer detenido más de setenta y dos horas. Expirado ese plazo, el ciudadano será puesto en libertad o, en su caso, a disposición de la autoridad judicial competente. En todo caso, se presume inocente al acusado mientras no se demuestre su culpabilidad.
ARTÍCULO 13º.- Se prohíbe la pena de muerte.
ARTÍCULO 14º.- Ningún ciudadano podrá ser objeto de tortura o prácticas inhumanas o contrarias a su dignidad de persona humana.
ARTÍCULO 15º.- Todo ciudadano puede defender sus derechos ante las instancias judiciales competentes.
ARTÍCULO 16º.- El domicilio del ciudadano es inviolable. Su allanamiento requerirá siempre una orden escrita de la autoridad judicial competente.
ARTÍCULO 17º.- Todo ciudadano tiene derecho a acceder a las funciones públicas en conformidad con los criterios y requisitos que fijen para ello las leyes.
ARTÍCULO 18º.- El derecho a la propiedad es un derecho reconocido a todos los ciudadanos. La Ley regulará este derecho fundamental.
ARTÍCULO 19º.- La libertad de expresión en el marco de la Constitución está garantizada a todos los ciudadanos.
ARTÍCULO 20º.- La defensa del territorio es un derecho y un deber sagrado para todos los ciudadanos.
ARTÍCULO 21º.- El trabajo es un derecho y un deber que honra al ciudadano. El derecho al descanso está garantizado por las leyes, así como la remuneración igual para el trabajo igual.
ARTÍCULO 22º.- El secreto de las comunicaciones y de la correspondencia privada está garantizado en conformidad con la ley.
ARTÍCULO 23º.- Todo ciudadano tiene el deber de:
- respetar la Constitución, conformarse a las leyes de la República y respetar las instituciones del Estado.
- respetar la propiedad pública y los derechos de los demás.
- velar por la unidad nacional, por el orden y la estabilidad política.
ARTÍCULO 24º.- El Estado garantiza la protección de los derechos y bienes de los ciudadanos extranjeros que se encuentren legalmente en territorio nacional.
- Capítulo Segundo:
DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS
ARTÍCULO 25º.- Todo ciudadano tiene derecho a la educación y a la atención sanitaria.
ARTÍCULO 26º.- El Estado protegerá la maternidad y a la tercera edad y creará las instituciones necesarias para este objetivo.
ARTÍCULO 27º.- El Estado velará por asegurar la vivienda a los ciudadanos.
ARTÍCULO 28º.- El Estado garantiza a los padres, madres, viudas e hijos menores de los mártires, así como a los heridos y víctimas de la guerra de liberación, todos sus derechos económicos y sociales mediante una Ley especial.
ARTÍCULO 29º.- El Estado garantiza todos los derechos económicos y sociales de los prisioneros saharauis de guerra y de las víctimas de la guerra durante la ocupación, mediante una Ley especial.
ARTÍCULO 30º.- El Estado velará por la protección de todos los derechos políticos, económicos, sociales y culturales de la mujer saharaui, y se asegurará de su participación en la edificación de la sociedad y en el desarrollo del país.
ARTÍCULO 31º.- El Estado adoptará una política de seguridad social dirigida a proteger a los ancianos y a los minusválidos y elaborará las leyes necesarias para este fin.
ARTÍCULO 32º.- La economía de mercado y la libre empresa son reconocidos.
- El sector público se encargará de la explotación de aquellos recursos naturales de importancia vital para asegurar el desarrollo económico del país.
ARTÍCULO 33º.- Las inversiones extranjeras en el país se regularán por ley.
- Capítulo Tercero:
EL PARLAMENTO
ARTÍCULO 34º.- El Parlamento es la instancia del Poder Legislativo en la República.
- El Parlamento controla la acción del Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 35º.- Los miembros del Parlamento son elegidos para un periodo de tres años.
ARTÍCULO 36º.- Los miembros del Parlamento se eligen por sufragio universal directo y en conformidad con las leyes electorales y los criterios de representación parlamentaria, que se basan en el número de habitantes de las circunscripciones y el equilibrio entre las regiones o Wilayas del país.
ARTÍCULO 37º.- El Parlamento creará en su seno cuantas comisiones sean necesarias para el seguimiento y control de la acción del gobierno nacional.
ARTÍCULO 38º.- El Parlamento elige a su Presidente así como a su mesa de entre sus miembros.
- Elaborará su reglamento interior.
ARTÍCULO 39º.- Los presidentes de las diferentes comisiones son elegidos a propuesta del Presidente del Parlamento.
ARTÍCULO 40º.- Las comisiones parlamentarias podrán incluir en su seno a ciudadanos no parlamentarios en calidad de asesores o técnicos.
ARTÍCULO 41º.- Entre las sesiones ordinarias del Parlamento, las comisiones trabajarán en régimen de permanencia.
ARTÍCULO 42º.- Las comisiones parlamentarias mantendrán reuniones periódicas con los miembros del Gobierno a fin de poder seguir e informarse de la acción del Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 43º.- Toda comisión parlamentaria podrá convocar a los Ministros así como recibir de éstos las explicaciones, clarificaciones e informaciones necesarias.
ARTÍCULO 44º.- Los presidentes de las comisiones parlamentarias recibirán de los miembros del gobierno copia o resumen del Plan Anual, que presentarán para su aprobación por el Parlamento en el plazo de una semana después de su confección por el Ejecutivo.
ARTÍCULO 45º.- Las comisiones prepararán sus preguntas sobre la base de esas informaciones y elementos para la sesión en la que el gobierno someterá al Parlamento la aprobación de su Plan de Acción Anual.
ARTÍCULO 46º.- El Parlamento aprobará o rechazará dicho Plan.
ARTÍCULO 47º.- En caso de aprobación, el Presidente del Parlamento levantará la sesión.
ARTÍCULO 48º.- En ese caso, las comisiones parlamentarias seguirán trabajando en régimen de permanencia hasta el cierre del periodo de sesiones y mantendrán los contactos necesarios con los miembros del Gobierno, en preparación del segundo periodo de sesiones del Parlamento.
ARTÍCULO 49º.- En el caso de que el Parlamento rechace por mayoría de dos tercios el Plan de Acción del Gobierno, el Presidente del mismo solicitará al mismo su revisión.
ARTÍCULO 50º.- En ese caso, los ministros y los presidentes de las comisiones procederán a aproximar sus puntos de vista sobre el Plan a fin de alcanzar la suficiente convergencia y armonía.
ARTÍCULO 51º.- El Gobierno Nacional presentará al Parlamento su Plan de Acción Nacional revisado.
ARTÍCULO 52º.- En el caso de que el plan revisado sea rechazado por la mayoría de los dos tercios del Parlamento, el Presidente de la República elidirá entre la formación de un nuevo Gobierno o la disolución del Parlamento.
ARTÍCULO 53º.- En el supuesto de la disolución del parlamento en conformidad con el artículo 52º, el Presidente de la República convocará elecciones en el plazo de un mes.
ARTÍCULO 54º.- El Ejecutivo Nacional podrá, hasta la elección del nuevo Parlamento, recurrir, en caso de necesidad, a la promulgación de Decretos Leyes.
ARTÍCULO 55º.- En el caso de que el cargo de Presidente de la república durante la etapa transitoria quedara vacante por causa de fallecimiento o por causa de enfermedad grave que le imposibilite ejercer sus funciones, el Presidente del Parlamento asumirá provisionalmente las funciones de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 56º.- El Presidente provisional deberá convocar la celebración del Congreso extraordinario del Frente Polisario en un plazo máximo de cuarenta días.
ARTÍCULO 57º.- El Jefe del Estado interino ejercerá el cargo hasta la elección del nuevo Secretario General por el Congreso Extraordinario.
ARTÍCULO 58º.- El Presidente provisional reasumirá sus funciones de Presidente del Parlamento.
ARTÍCULO 59º.- Las elecciones para la constitución del Parlamento se celebrarán dentro de un plazo comprendido entre treinta y sesenta días a partir del fin de la legislatura definida en el artículo 34º.
ARTÍCULO 60º.- Durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, los miembros del Parlamento gozan de inmunidad parlamentaria y no pueden por ello ser detenidos más que en caso de flagrante delito y no pueden ser juzgados más que por el Tribunal Supremo de Justicia, una vez levantada por el Presidente del parlamento la inmunidad parlamentaria.
ARTÍCULO 61º.- El Parlamento se reúne en dos sesiones ordinarias, la primera en otoño, de Septiembre a Diciembre; la segunda en primavera, de Febrero a Junio.
ARTÍCULO 62º.- Podrá celebrar sesiones extraordinarias a solicitud de dos tercios de sus miembros o a la demanda del Presidente de la República.
ARTÍCULO 63º.- El voto de los miembros del parlamento es individual e indelegable.
- Capítulo Cuarto:
EL PODER JUDICIAL
ARTÍCULO 64º.- La Justicia en la República es independiente y el Poder Judicial se basa en la separación de poderes dentro del Estado.
ARTÍCULO 65º.- Los Jueces no podrán ser detenidos, sustituidos o jubilados más que en los supuestos por la ley.
ARTÍCULO 66º.- Las organización y competencias de las instancias judiciales son establecidas por ley.
ARTÍCULO 67º.- Los Tribunales se dividen en Tribunales de Primera Instancia, de Apelación y Tribunal Supremo.
ARTÍCULO 68º.- El Tribunal Supremo es el órgano supremo de Justicia. Su Presidente es designado por el Jefe de Estado a propuesta del Consejo Supremo del Poder Judicial.
ARTÍCULO 69º.- El Consejo Supremo del Poder Judicial se compone de:
- El Presidente del Tribunal Supremo, que lo preside.
- Otros seis miembros, de entre los cuales dos son designados por el Presidente de la República, dos elegidos por el Parlamento y dos por el Tribunal Supremo.
- La duración del mandato de los miembros del Consejo es de cinco años renovables.
ARTÍCULO 70º.- El Fiscal General del Estado es designado por el Presidente de la República a propuesta del Consejo Supremo del Poder Judicial. Su misión es promover la justicia y la defensa de la Ley.
- Capítulo Quinto:
EL PRESIDENTE
ARTÍCULO 71º.- El Presidente de la República es el Jefe del Estado. Vela por la aplicación de la Constitución y encarna la Unidad Nacional.
ARTÍCULO 72º.- El Presidente designa a los miembros del Gobierno y los releva del cargo.
ARTÍCULO 73º.- Preside el Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 74º.- Promulga las leyes en el plazo de quince días de su aprobación por el Parlamento.
ARTÍCULO 75º.- El Presidente de la República durante la etapa transitoria es el Secretario General del Frente Polisario elegido por el Congreso General del Frente.
ARTÍCULO 76º.- La duración del mandato del Presidente es de tres años. Puede ser reelegido para dos mandatos más.
ARTÍCULO 77º.- El Presidente de la República fija la Política General del Estado.
ARTÍCULO 78º.- El Presidente presta su juramento constitucional ante el Parlamento en los siguientes términos:
"Juro por Dios todo poderoso y por su libro sagrado, respetar la Constitución de la República, guiarme por ella y ser su garante; que dedicaré todas mis energías a responder a la voluntad y a las aspiraciones de nuestro pueblo sediento de libertad y de justicia; que protegeré los derechos y las libertades de todos los ciudadanos; que velaré por la preservación y la integridad de su territorio; que obraré para el desarrollo y la felicidad del pueblo y para ser la reencarnación de los nobles valores y tradiciones del pueblo, y Dios es testigo de cuanto he dicho".
ARTÍCULO 79º.- El Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas.
ARTÍCULO 80º.- El Presidente nombra a los altos cargos civiles y militares.
ARTÍCULO 81º.- Nombra a los Embajadores y recibe las cartas credenciales de los Embajadores de los países extranjeros.
ARTÍCULO 82º.- Concede el indulto.
ARTÍCULO 83º.- Corresponde al Presidente de la República declarar la guerra y firmar la paz.
ARTÍCULO 84º.- El Presidente denuncia y concluye los tratados internacionales sin perjuicio de las competencias del Parlamento relativas a la ratificación.
ARTÍCULO 85º.- El Presidente concede las condecoraciones así como los títulos honoríficos.
ARTÍCULO 86º.- El cargo de Presidente de la República es incompatible con el ejercicio de otra actividad distinta de la actividad oficial.
ARTÍCULO 87º.- El Presidente de la República declara el estado de excepción después de consultar con el Gobierno, con los Presidentes del Parlamento y del Consejo Constitucional, en el caso de amenaza grave para la seguridad y la estabilidad del país.
ARTÍCULO 88º.- El estado de excepción no se extenderá más allá de cuatro meses. En el caso de prolongación de este período será necesario el acuerdo del Parlamento.
- Capítulo Sexto:
EL GOBIERNO
ARTÍCULO 89º.- El Presidente de la República dirige la acción del Gobierno.
ARTÍCULO 90º.- El Consejo de Ministros es un órgano ejecutivo; constituye el Gobierno y es responsable ante el Presidente de la República.
ARTÍCULO 91º.- El Gobierno establece el Presupuesto General del Estado, así como el Plan de Acción Nacional, los cuales someterá a la aprobación del parlamento.
ARTÍCULO 92º.- Los miembros del Gobierno Nacional no podrán ejercer ninguna otra actividad distinta a la función oficial.
ARTÍCULO 93º.- El Gobierno no podrá promulgar decretos-leyes sin el acuerdo del Parlamento, con excepción del supuesto previsto en el artículo 54º.
- Capítulo Séptimo:
DEL CONSEJO CONSTITUCIONAL
ARTÍCULO 94º.- El Consejo Constitucional es el órgano encargado de velar por:
- La constitucionalidad de la leyes antes de su promulgación.
- Verificar la regularidad de las elecciones parlamentarias.
ARTÍCULO 95º.- El Consejo Constitucional se compone de siete miembros designados por un mandato de cuatro años.
- Elige su Presidente y elabora su reglamento interior.
ARTÍCULO 96º.- El Consejo Constitucional se compone de:
- dos miembros nombrados por el Presidente de la República
- dos miembros elegidos por el Parlamento
- dos miembros elegidos por el Consejo Supremo del Poder Judicial
- Los miembros del Consejo Constitucional deben ser magistrados u hombres de leyes de reconocida competencia.
ARTÍCULO 97º.- Los miembros del Consejo Constitucional no podrán ejercer actividades o cargos políticos, parlamentarios o sindicales.
- Cualquiera otra incompatibilidad será establecida por la Ley.
CLÁUSULAS ESPECIALES:
- PRIMERA.- La dirección política saharaui elegida por el 8º Congreso elaborará un proyecto de Constitución que será enriquecido por la ciudadanía, sometido después del Congreso del Frente Polisario para ser ratificado por Referéndum popular y adoptado como Constitución definitiva de la RASD.
- SEGUNDA.- La Constitución aprobada por el 8º Congreso constituirá la fuente fundamental para la Constitución definitiva de la RASD.
- TERCERA.- La duración en el tiempo de la fase transitoria será fijada por el Congreso del Frente Polisario que se celebre después de la independencia.
- CUARTA.- El Consejo Nacional Saharaui continuará ejerciendo sus funciones hasta la formación del Parlamento Saharaui previsto para después de la liberación del país de la ocupación extranjera.
- QUINTA.- Las Comisiones Populares proseguirán ejerciendo a nivel local y de la Wilaya sus actividades normales, así como los Congresos de base hasta la liberación del país.
- SEXTA.- Las elecciones parlamentarias así como el número de miembros del Parlamento serán determinados después de la liberación del país y de la creación de las condiciones necesarias para tal objetivo.
* Constitución publicada en Sahara: Cien años sin libertad, Felipe Briones. Asociación de Amistad con el Pueblo Saharaui. Alicante, 1993.
ENLACES CON OTROS ESPACIOS QUE ABORDAN EL PROBLEMA DEL SAHARA
- ¿por qué España abandonó el Sahara?o mejor dicho qué beneficios obtenía a cambio de marcharse de este lugar.
- ¿por qué no intervino Estados Unidos?"la policia del mundo" supuestamente América esta en todos aquellos conflictos donde la seguridad internacional peligra,por qué no participó en la guerra del Sáhara,o si participó pero de manera mas discreta...
- declaración de principios entre España,Marruecos y Mauritania
- Acuerdos de Madrir
lunes, 11 de diciembre de 2006
LOS CAMPAMENTOS

EL PUEBLO SAHARAUI

domingo, 10 de diciembre de 2006
SAHARA OCCIDENTAL: una aproximación histórica
Durante la Edad Media el territorio estuvo poblado por diversas tribus nómadas de origen árabe.Esta zona se mantuvo relativamente al margen de los circuitos comerciales de la época.Este aislamiento hizo del Sahara un lugar que,si bien no era privilegiado desde el punto de vista económico,sí lo era desde otros puntos de vista,como el de la seguridad y protección frente a invasiones.
Durante el siglo XV hay presencia portuguesa debido a las relaciones comerciales que portugal mantenia en la zona.el continuo progresohacia el sur habre a los lusitanos nuevas perspectivas que les iran llevando a abandonar sus establecimientos en el Sahara Occidental.
La factoria de Santa Cruz de Mar Pequeña,que García Herrera funda en 1478 en Puerto Cansado,al sur de Dráa,se convierte entre 1496 y1500 en el centro de un importante intercambio económico.En esa época los españoles realizaron diversas exploraciones en el Sahara Occidental alejandose del litoral.
1566:el sultán marroquí Muley Muhammad envía tropas al actual Sahara Occidental que son rechazadas por los nativos.Este intento es seguido por otros,como los llevados a cabo por el sultán Mulles Ahmed Al-Mansur en 1584 en la zona de río Draa,que también fracasa.
Finales del siglo XVI: ya no existen factorias españolas en el litoral.Sin embargo,marineros canarios desembarcaban regularmente a lo largo de la costa sahariana y establecian relaciones comerciales con los pobladores de aquellos parajes.Aunque estas relaciones se debilitaron en los siglos XVI y XVII,fueron los canarios quienes mantuvieron durante más de 300 años la trabazón permanente de España en el Sahara Atlántico.
Los embajadores españoles de Jorge Juan y Gutierrez Salmeron (1766) trataban de buscar en el litoral atlántico,entre el desierto y el sur del Atlas,un punto de apoyo para las necesidades de los pescadores canarios.Para ello se dirigieron a los distintos sultanes que por entonces gobernaban en Marruecos,los cuales no pudieron satisfacelos argumentando que carecían de autoridad sobre los territorios que los españoles solicitaban,es decir,todo lo que se encontraba al sur del río Nun:SIDI IFNI y SAHARA OCCIDENTAL.
1767:En el tratado de Marraquech,Marruecos reconoce no tener ningun poder ni autoridad al sur del rio Nun.
marzo de 1881:Emilio Bonelli establece tres puntos de contacto en la costa sahariana:en el Río de Oro,Angra de Cintra y Cabo Blanco,haciendo pactos con los saharauis la cesión de estos terrenos a España.
1884:el Gobierno español declara su protectorado sobre el territorio comprendido entre Cabo Blanco y Bujador.este mismo año se funda Villa Cisneros (Dajla) como punto de localización de empresas pesqueras y mercantiles.
1886:hay dos importantes expediciones: una en marzo a cargo de Alvarez Perez desde Dráa hasta Bojador y otra que termino en agosto protagonizada por Cervera y Quiroga al Adrar Tamar en el actual Mauritania.
de 1886 a 1900:España lleva a cabo una serie de tratados con Francia.Este último pais,empujado por sus intereses en la zona y alentado por la inexperiencia de ciertos políticos españoles,fue restando paulatinamente terreno a España en estas latitudes,a pesar de los tratados que con los españoles habían firmado los jefes y notables saharauis.
1904:un nuevo tratado marcaba los limites definitivos de los territorios españoles,quedando establecidas asi las actuales fronteras del Sahara Occidental.En aquel momento nadie consideraba que con estas fronteras se estaba restando a los nativos saharauis influencia sobre territorios que siempre habían poseído.
1913:en lucha contra los saharauis en tiempos de Mal-Ainin,los franceses incendiaron Smara,la ciudad Santa del Sahara Occidental.Sin embargo,la presencia de la administración y del ejército español en la zona constituyó,en regla general,una garantía y un seguro para las tribus saharauis en sus enfrentamientos contra los franceses,esto supuso no pocos problemas diplomáticos para España.
Entre 1934-36:se lleva a cabo la ocupacion efectiva de todo el territorio por la Administración española,que pasa a depender de la capitanía de Canarias.
1956:España renuncia al protectorado del norte de Marruecos,y Francia hacía lo propio con el sur entregando el poder al sultán Muhammad V de Marruecos,lo cual supone la creación del actual estado de Marruecos.
octubre de 1957:el delegado marroquí en la ONU reclama como parte integrante de Marruecos:Mauritania,Sidi Ifni y el Sahara español.
10 de enero 1958:España convierte en provincias españolas al Sahara y a Sidi Ifni.
Fruto de las tensiones desatadas en el magreb,en abril de 1958 España entrega Tarfaya a Marruecos,privando a los saharauis de sus tradicionales zonas de nomadeo en el Dráa.
1960:se crea la república islámica de Mauritania.Marruecos trata de boicotear en vano su entrada en la ONU y en la OUA,(organización para la Unidad Africana).
1961:las concienzudas investigaciones y prospecciones llevadas a cabo por el geólogo Alia Medina,se llega a la conclusión de que los yacimientos de fosfato en Bu Craa no son solo de excelente calidad,sino que su explutación masiva colocaría a esta mina entre las primeras del mundo.
1965:La ONU presiona a España para que descolonice el Sáhara Occidental.
11 de mayo de 1967:se crea la yemáa(asamblea saharaui)por parte del régimen colonial.
17 de junio de 1970:muere tras ser detenido a raíz de una manifestación Muhammad Said Ibrahim Basir,creados del movimiento para la liberación del Sahara.
Ante la evidencia de los apetitos económicos y de la permanencia de la potencia colonizadora,los nacionalistas saharauis se organizan y el 10 de mayo de 1973 crean el Frente POLISARIO(Frente Popular de Liberación del Saguia al hamra y Río de oro).
Demostrado el hecho de la riqueza en el subsuelo de la zona,Marruecos y Mauritania solicitan ante la ONU el cese de España como potencia colonizadora.Por su parte,el Polisario,en su segundo congreso,plantea la independencia del territorio,la creación de una república árabe no alineada y el camino de las armas para conseguirlo,dada la negativa del régimen franquista a un diálogo constructivo.España,por su parte,crea desde su perspectiva política,el PUNS(partido de union nacional saharaui) con el fin de mantener el control sobre el proceso descolonizador en la región ante las posibles exigencias de otorgar la independencia por parte de la ONU.
17 de junio de 1973:el Gobierno español sufre un duro golpe a su prestigio cuando,para intentar demostrar ante los organismos internacionales la repulsa del pueblo saharaui a desligarse de la tutela española,organiza en Laaiún una manifestación del PUNS,que se ve eclipsada por otra paralela organizada por el Frente Polisario,siendo esta última duramente reprimida,causandose así las primeras bajas en el camino de la independencia.
La ONU estudia todos estos hechos y envia una comisión observadora y consultiva al Sahara en mayo de 1975.En el informe posterior se reconoce el dercho de autodeterminación del pueblo saharaui y se recomienda el incio de un proceso descolonizador que desemboque en la independencia del Sahara Occidental.
Apartir de 1974 y con mayor intensidad en 1975,se inicia una apresurada política de nombramientos de cargos públicos y formación académica destinada a autóctonos saharauis para configurar la estructura de la nueva administración,al mismo tiempo que se pretendía sentar las bases de las relaciones(e influencia española) con el futuro estado.
Últimos seis meses de 1975:son unos meses de grandes tensiones e inestabilidad en España.Franco enferma y el problema sucesorio se hace mas evidente ,la presion internacional contra el régimen va en aumento po las penas de muerte a miembros de ETA y FRAP;la oposición desde dentro también aumenta la presión;el gobierno se siente débil y el régimen se tambalea.La posición internacional de se encuentra muy comprometida y el Sahara parece añadir un problema más.Toda esta situación es percibida por Hassan II que decide aprovechar el momento,concienciando a su pueblo de la legitimidad sobre el Sáhara y del deber de "Recuperarlo"(contradiciendose con sus antepasados que alegaban carecer de autoridad sobre dicho territorio)
31 de octubre 1975:el ejercito marroqui hostiga las fronteras saharauis,será la preparatoria de la famosa marcha verde,en la que miles de civiles marroquies se concentraron en la ciudad fronteriza de Tarfaya,con el fin de presionar a España y a la comunidad Internacional.
1 de noviembre de 1975:El rey Don Juan Carlos I de España visita Laaiún,capital saharaui,para "tranquilizar" al ejército ante este giro inusitado de la situación,Así mismo,se compromete a proteger los legítimos derechos de la población saharaui.
14 de noviembre de 1975:se firman los Acuerdos Tripartitos de Madrid,entre España,Marruecos y Mauritania,auspiciados por Estados Unidos y preparados por la presidencia del gobierno,prácticamente a espaldas del Ministro de Exteriores,por los que España cede la adeministracion del territorio a los otros dos países firmantes.Estos acuerdos suponen el fin de la política colonial española en el Sahara Occidental y demuestran la incapacidad e impotencia política de los gobernantes españoles de aquel momento hitórico.
20 de noviembre 1975:muere Franco.Hassan II lanza la Marcha Verde sobre el Sáhara,comenzando la ocupación militar.
España,transgrediendo y olvidando sus obligaciones como potencia colonizadora y sus promesas a la población autóctona,tolera el reparto del territorio entre dos países que jamás antes tuvieron el menor derecho de soberania sobre él,como quedó demostrado mas tarde,el 16 de octubre de 1976,al dictaminar sobre el caso el Tribunal Internacional de la Haya.
10 de diciembre de 1975:Mauritania invade le territorio sur.
Diciembre de 1975:en la XXX sesión de la Asamblea General de la ONU es condenada la invasión marroquí por 84 votos a favor,ninguno en contra y 45 abstenciones.
Ese mismo mes se forma el Consejo Nacional Saharaui Provisional.
27 de febrero de 1976:Se proclama en Bir Lahalu la RASD,(República Árabe Saharaui Democrática).el mismo día abandonan su puesto los últimos funcionarios españoles.
Los civiles saharauis que huyen de la invasión marroquí son bombardeados en varias ocasiones y diferentes puntos con bombas incendiarias por la aviación de Marruecos.A pesar de todo,miles de saharauis,en su mayoría mujeres,niños y ancianos llegan,cruzando más de doscientos kilómetros de desierto,hasta Argelia,país que les presta ayuda y que se convertirá en el prencipal aliado de los saharauis.En Tinduf se establecen los compamentos de refugiados que persisten actualmente.
8 y 9 de junio de 1976:las fuerzas del F. Polisario,ya organizadas,lanzan su primera operación de envergadura atacando la capital de Mauritania,Nuagchutt.En este heroico atace,casi suicida,muere en combate el primer secretario general del F. Polisario,El Ouali Mustafa Sayid.
Diciembre de 1977:tiene lugar la intervención de la aviación francesa con aparatos "JAGUAR" en apoyo de las fuerzas armadas mauritanas que invadían el sur del país.En el norte se suceden los enfrentamientos con Marruecos.
Junio de 1978:Son ya veinte países los que reconocen a la RASD.
21 de julio 1979:en la combre de la OUA de Monrovia,se reconoce el derecho del pueblo saharaui a la autodetrminación e independencia.
5 de agosto de 1979:Mauritania se rinde y firma un acuerdo de paz con el Frente Polisario.Maruecos se apresura en ocupar militarmente la zona abandonada por Mauritania.
En ese mismo año se inicia una guerra abierta entre el reino de Marruecos y la República Árabe Saharaui Democratica.
12 de noviembre de 1979: el Tribunal de los Pueblos (antiguo de Rossell)emite un dictamen en Bruselas apoyando el derecho a la independencia de los saharauis.
Febrero de 1980:son ya 37 los países que reconocen a la RASD.Durante este año,Marruecos inicia la construcción de muros defensivos en el Sahara.
pd: este mapa ilustra la situación actual del territorio 25 de noviembre 1981:la ONU,por 76 votos a favor,9 en contra y 57 abstenciones,se hace un llamamiento a Marruecos y al F. Polisario para entablar negociaciones que conduzcan a una solución política del conflicto.Hassan II sigue ignorando esta posibilidad y no reconoce la existencia del F. Polisario."Marruecos no controla todo el Sahara Occidental, como puede apreciarse en el mapa superior, sólo domina un 55-60% del territorio
aproximadamente, la zona occidental del muro representado por la línea roja,sin embargo la zona al oriental de éste es terreno controlado por el Frente Polisario, con lo cual Marruecos no tiene ni siquiera control material sobre la totalidad de la antigua colonia española, como nos quieren mostrar algunas sesgadas informaciones audiovisuales y escritas. Marruecos no posee legitimidad sobre el
territorio, ni físicamente puede ejercer la soberanía." comentario basado en la teoria del jurista y filósofo alemán Max Weber.
17 de diciembre de 1981:El Secretario de Estado norteamericano Alexander Haig visita Marruecos,y al año siguiente,el 19 de mayo , Hassan II visita Washington y logro una ayuda del gobierno norteamericanode 100 millones de dolares.
Conviene recordar aquí que la guerra del Sáhara supone un gasto diario para el erario marroquí de cerca de un millon de dólares.
4 de abril de 1983:La RASD es ya reconocida por 54 países y mantiene relaciones con 66 países más.
11 de mayo de 1983:El Ministro de Exteriores español,Fernando Morán,afirma que España apoya el derecho del pueblo saharaui a la independencia.Sin embargo ,en las votaciones efectuadas en el foro de la ONU se continua en la línea de la abstención,o en cualquier otra que evite un enfrentamiento con marruecos.
27 de mayo 1983:Conversaciones de alto nivel del Gobierno de España con Argelia y Marruecos por separado.El problema del Sáhara es parte importante del temario.
1 agosto 1983:España y Marruecos firman un acuerdo de pesca en el banco sahariano.La aproximación española a Marruecos es evidente.
27 de febrero de 1984:Mauritania reconoce oficialmente a la RASD.En este mismo año la RASD es admitida como miembro de pleno derecho en la OUA.Marruecos,en protesta, se retira de la OUA.
28 de marzo de 1984:En la prensa española se hace referencia a los acuerdos de principios firmados en noviembre de 1976 (cuando Felipe Gonzalez visitó los campamentos de Tinduf) entre el PSOE y el Frente Polisario,poniendo en evidencia el radical cambio de política del nuevo gobierno español.
22 de julio de 1984:Comienza la ofensiva generalizada del ejército saharaui contra las defensas (muros) marroquíes,rompiendo éstas en varios puntos:Amgala,Mahbas,Jneinat,Rous Anghid,Teichitt,Zmoul Niran,etc.,atacando,asimismo, en Dajla (Villa Cisneros).
Agosto de 1984:se firman los acuerdos de Uxda,por los que se establece una alianza entre Gadafi y Hassan II.Libia se distancia de la RASD y de Argelia.
1989:Se fuerza a una tregua entre los contendientes,pero no que no marcará el fin de la guerra en el territorio del Sahara.
Septiembre de 1991:concluyo la guerra armada del Sahara Occidental,gracias a un alto el fuego promocionado por la ONU en la resolución 690,creandose así las fuerzas de los cascos azules (MINURSO),que supuso el fin de 18 años de confrontaciones militares y el posible inicio de la via diplomatica como única solución de contienda.La escasa predisposicion de Marruecos para aceptar el plan de la ONU quedó rápidamente de manifiesto ante las dificultades que ,desde un principio,puso a la actuación de este organismo a actuar en el territorio saharaui.Un año después,el comandante de los cascos azules declaró que Marruecos había violado el alto al fuego en 178 ocasiones,por 7 violaciones del Frente Polisario.
Segun el plan inicial de las Naciones Unidas,se debía haber puesto en marcha un referendumacerca de la autodeterminación del pueblo saharaui durante el mes de enero de 1992.Pero debido a las trabas que puso Marruecos en todo momento,sobre todo en lo referido a la determinación del censo definitivo de votantes en dicho referendum,aun no se ha podido llevar a cabo.
1996:la ONU da un ultimatum para que las parte lleguen a un acuerdo.
1997:James Beker,ex-Secretario de Estado de Estados Unidos,es nombrado moderador ante las partes,iniciando una nueva ronda de negociaciones.
Septiembre de 1997:en Houston,se acuerda un plan de arreglo que incluye un calendario que permitirá celebrar el referendum en diciembre de 1998.
1998:Se reanuda el proceso de identificación de los votantes.
1999:muere Hassan II,En contra de las primeras expectativas,y ante el desacuerdo en la identificacion de varios grupos de tribus,el nuevo rey de Marruecos Muhammad VI bloquea el proceso de paz,presentando mas de 50000 apelaciones,que terminarán por alargar el proceso de identificación indefinidamente.
2000:con el fin de desbloquear el proceso,el Secretario General de las Naciones Unidas,Koffi Annan,convoca una nueva ronda de negociaciones,que se desarrolla en Londres ,Ginebra y Berlín.La nueva ronda de negociaciones no constituye ningún paso fundamental en la direccion de la resolucion del conflicto.
¿QUE ESPERA LA ONU PARA ACTUAR EN EL PROBLEMA DEL SAHARA,OTRA PALESTINA?
Sahara Occidental
RASD
F. Polisario
